POLITICAS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

ANMO S.A.S. identificada con NIT: 900585465-6 con domicilio en la AV COSTA RICA CON AVENIDA COLON, San Andrés, Colombia, representada legalmente por el señor WAKED FARES SAID MOHAMAD ciudadano colombiano identificado con cédula de ciudadanía número: 15244616, mediante el presente documento, se permite establecer la política de datos pertinente para la tranquilidad de nuestros clientes y asociados.

La Constitución Política de Colombia estableció en el artículo 15 el derecho de protección de datos personales como el derecho de toda persona para conocer, actualizar, rectificar y/o cancelar la información y datos personales que de ella se hayan recolectado y/o se traten en bases de datos públicas o privadas.
Mediante la Ley 1581 del 17 de octubre de 2012, el Congreso de la República reglamentó el ya mencionado derecho al establecer las Disposiciones Generales para la Protección de Datos Personales en Colombia, igualmente reglamentada por los Decretos 1377 de 2013 y 886 de 2014 (hoy incorporados en el Decreto único 1074 de 2015), entre otros.

En cumplimiento de las anteriores disposiciones ANMO S.A.S consciente de la responsabilidad que les asiste en materia de Tratamiento de Datos Personales de los titulares, garantiza el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar, rectificar, suprimir y revocar la autorización respecto a las informaciones que hayan recogido sobre ellas en las bases de datos que la empresa, ha recopilado para las finalidades previstas en la Ley y las autorizaciones respectivas, las cuales han sido tratadas conforme a lo establecido por el régimen nacional de protección de datos personales.

1. OBJETIVO
Determinar las políticas de ANMO S.A.S. como responsable del tratamiento de datos personales y la garantía de la ejecución del derecho sobre el mismo que tiene su Titular, según lo establecido en el Artículo 17 de la Ley 1581 de 2012 la cual se dicta disposiciones generales para la protección de esta información, y el Decreto 1377 de 2013 que reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012.

2. ALCANCE
Las políticas determinadas por la organización aplicarán a todas las personas de diferente naturaleza que según la legislación aplicable sean titulares de los datos en cuanto a la disposición de dicha información, a las personas responsables del tratamiento o delegadas para la misma función al interior de la organización.

3. POLÍTICAS
El tratamiento de datos personales debe realizarse respetando las normas generales y especiales sobre la materia y para actividades permitidas en la Constitución Política de Colombia de acuerdo al artículo 15 que establece que todas las personas tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. Así mismo, señala que en la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución, a su vez, en el artículo 20 de dicho estatuto establece que toda persona tiene derecho a informar y recibir información veraz e imparcial.

Salvo norma legal en contrario, la recolección de los datos sólo puede ejercerse con la autorización previa, expresa e informada del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin el previo consentimiento del Titular, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento. La información sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error. Cada persona que posea un vínculo con nuestra empresa que implique manejo de información, deberá cumplir las medidas técnicas, humanas y administrativas que establezca la entidad para otorgar seguridad a los datos personales evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. En el tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.

Sólo se permitirá acceso a los datos personales a las siguientes personas:

1. Al Titular del dato
2. A las personas autorizadas por el Titular del dato
3. A las personas que por mandato legal u orden judicial sean autorizadas para conocer la información del Titular del dato.

Todas las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la Ley. Las políticas de tratamiento de datos personales anteriormente descritas regirán a partir de su publicación y aprobación. Las bases de datos sujetas a Tratamiento estarán vigentes por el término contractual que tenga el producto más el término que establezca la ley.


4. RESPONSABILIDADES

Todos los funcionarios serán responsables de:

1. Cumplir con las políticas definidas, en cuanto a la protección de datos personales transmitidos y recibidos de parte de los clientes.
2. Cumplir con los deberes establecidos en este documento en cuanto a la protección de datos personales transmitidos y recibidos de parte de los clientes.
3. Proteger y mantener a salvo la documentación del anexo entregada por los clientes.

5. DEFINICIONES.

- Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
- Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.
- Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
- Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.
- Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos;
- Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
- Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
- Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el Responsable, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las
políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
- Dato público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre
otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
- Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones
sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida
sexual, y los datos biométricos.
- Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
- Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable.

6. PRINCIPIOS.

a) Principio de finalidad: El Tratamiento de datos personales por parte del ANMO S.A.S debe obedecer a una finalidad legítima, la cual debe ser informada al Titular.
b) Principio de libertad: El Tratamiento de datos personales sólo podrá ejercerse mediando con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular de la información. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el
consentimiento.
c) Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
d) Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener de ANMO S.A.S, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
e) Principio de acceso y circulación restringida: Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o
terceros autorizados.
f) Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por ANMO S.A.S se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
g) Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento.

7. AUTORIZACIÓN

La organización recolectará datos personales tendientes exclusivamente a pleno cumplimiento del objeto social de la empresa, por tanto, toda Base de datos que se compile información sobre proveedores, trabajadores, contratistas, clientes y prospectos de clientes entre otros, no podrá implementarse con finalidad distinta a la empresarial. La recolección de datos deberá limitarse a aquellos datos personales que son pertinentes y adecuados para la finalidad para la cual son recolectados o requeridos conforme a la normatividad vigente. Salvo en los casos expresamente previstos en la ley, no se podrán recolectar datos personales sin autorización del Titular A solicitud de la Superintendencia de Industria y Comercio, los Responsables deberán proveer una descripción de los procedimientos usados para la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de información, como también la descripción de las finalidades para las cuales la información es recolectada y una explicación sobre la necesidad de recolectar los datos en cada caso. No se podrán utilizar medios engañosos o fraudulentos para recolectar y realizar Tratamiento de datos personales.

El Responsable del Tratamiento deberá adoptar procedimientos para solicitar, a más tardar en el momento de la recolección de sus datos, la autorización del Titular para el Tratamiento de los mismos e informarle los datos personales que serán recolectados, así como todas las finalidades específicas del Tratamiento para las cuales se obtiene el consentimiento.

7.1 TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES.

En el Tratamiento de datos personales sensibles, cuando dicho Tratamiento sea posible conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Ley 1581 de 2012, deberán cumplirse las siguientes obligaciones:
1. Informar al titular que por tratarse de datos sensibles no está obligado a autorizar su Tratamiento.
2. Informar al titular de forma explícita y previa, además de los requisitos generales de la autorización para la recolección de cualquier tipo de dato personal, cuáles de los datos que serán objeto de Tratamiento son sensibles y la finalidad del Tratamiento, así como obtener su consentimiento expreso.
Ninguna actividad podrá condicionarse a que el Titular suministre datos personales sensibles.


7.2 MEDIOS DE AUTORIZACION.

La autorización por parte del titular podrá constar en un documento físico, electrónico o cualquier otro formato que permita concluir de forma razonable que el Titular otorgó la autorización.

Teniendo en cuenta lo anterior, ANMO S.A.S deja de presente que la autorización en todo caso será mediante documento físico, el cual deberá contar con la firma del Titular de la información, lo cual no obsta que más adelante se establezcan mecanismos diferentes para otorgar la autorización.

A través de la autorización se pondrá en conocimiento del Titular de la información o de su representante en el caso de infantes (niños y niñas) y adolescentes, el hecho que la información será recolectada, incluyendo la finalidad, las modificaciones, almacenamiento y el uso específico que se dará a los mismos, y además:

a) La persona quien recopila la información (especificando si es el Responsable o el Encargado de ltratamiento).
b) Los datos que serán recopilados, incluyendo si se recopilan Datos Sensibles.
c) La finalidad del tratamiento de los datos.
d) Los mecanismos a través de los cuales pueden ejercer sus derechos como Titulares de la información (acceso, corrección, actualización o supresión de los datos).

8. DERECHOS DEL TITULAR

De conformidad con el artículo 8 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, el Titular de los datos personales tiene los
siguientes derechos:

a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales ANMO S.A.S en su calidad de responsable y Encargado del tratamiento.
b) Solicitar prueba de la autorización otorgada a ANMO S.A.S.
c) Ser informado por ANMO S.A.S respecto del uso que le ha dado a sus datos personales.
d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, habiéndose agotado el trámite de consulta o reclamo según lo indicado en la mencionada Ley.
e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.
f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

9. DEBERES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

De conformidad con el artículo 17 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, se comprometen a cumplir los siguientes deberes:

a) Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
b) Solicitar y conservar copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.
c) Realizar en los términos previstos en los artículos 14 y 15 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, la actualización, rectificación o supresión de los datos.
d) Tramitar las consultas y reclamos formulados por los titulares en los términos señalados en el artículo14 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
e) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
f) Insertar en las bases de datos la leyenda “información en discusión judicial” una vez notificada por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad o detalles del dato personal.
g) Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares.
h) Tramitar las consultas y reclamos formulados por los titulares de la información.
i) Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
j) Aplicar las normas que reglamenten la Ley Estatutaria 1581 de 2012.

10. EJERCICIO DE LOS DERECHOS DEL TITULAR DE LOS DATOS:

a. Derecho de acceso
El poder de disposición o decisión que tiene el titular sobre la información que le concierne, conlleva necesariamente el derecho de acceder y conocer si su información personal está siendo objeto de tratamiento, así como el alcance, condiciones y generalidades de dicho tratamiento. De esta manera,
ANMO S.A.S, garantiza al titular su derecho de acceso en tres vías:
i. La primera implica que el titular pueda conocer la efectiva existencia del tratamiento a que son sometidos sus datos personales.
ii. La segunda, que el titular pueda tener acceso a sus datos personales que están en posesión del responsable.
iii. La tercera, supone el derecho a conocer las circunstancias esenciales del tratamiento, lo cual se traduce en el deber que tiene ANMO S.A.S, de informar al titular sobre el tipo de datos personales tratados y todas y cada una de las finalidades que justifican el tratamiento. ANMO S.A.S garantiza el derecho de acceso cuando, previa acreditación de la identidad del titular o personalidad de su representante se ponga a disposición de éste, de manera gratuita, el detalle de los datos personales a través de medios electrónicos que permitan el acceso directo del Titular a ellos.

b. Consultas
ANMO S.A.S garantiza el derecho de consulta, suministrando a las personas que actúen en ejercicio de este derecho, toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular.
Para la atención de solicitudes de consulta de datos personales ANMO S.A.S garantiza que existen medios de comunicación electrónica y telefónica.
En cualquier caso, independientemente del mecanismo implementado para la atención de solicitudes de consulta, las mismas serán atendidas en un término máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderla consulta dentro de dicho término, se informará
al interesado antes del vencimiento de los cinco (5) días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.}

c. Reclamos
ANMO S.A.S garantiza el derecho de reclamo, a las bases de datos para la corrección, actualización o supresión,o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley
1581 de 2012 y demás normas aplicables. El reclamo será tramitado bajo las siguientes reglas:
i. Si el reclamo recibido no cuenta con información completa que permita darle trámite, esto es, con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
ii. Si por alguna circunstancia ANMO S.A.S recibe un reclamo que en realidad no debería ir dirigido contra él, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
iii. Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos que mantiene ANMO S.A.S, un texto que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles.
Dicho texto deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
iv. El término máximo para atender el reclamo será de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderlo dentro de dicho término, se informará
al interesado antes del vencimiento del referido plazo los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

d. Requisitos para la presentación de reclamos:
La solicitud de rectificación, actualización o supresión debe ser presentada a través de los medios habilitados por ANMO S.A.S señalados en el aviso de privacidad y en este documento, y contener, como mínimo, la siguiente información:
i. El nombre, domicilio del titular y medio de contacto para recibir la respuesta como teléfono, correo electrónico, dirección de residencia.
ii. Los documentos que acrediten la identidad o la representación de su representante.
iii. La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales el titular busca ejercer alguno de los derechos.
iv. En caso dado otros elementos o documentos que faciliten la localización de los datos personales.

e. Rectificación y actualización de datos.
ANMO S.A.S tiene la obligación de rectificar y actualizar a solicitud del titular, la información de éste que resulte ser incompleta o inexacta, de conformidad con el procedimiento y los términos arriba señalados. Al respecto se tendrá en cuenta lo siguiente:

ANMO S.A.S tiene plena libertad de habilitar mecanismos que le faciliten el ejercicio de este derecho.


f. Supresión de datos.

El titular tiene el derecho, en todo momento, a solicitar a ANMO S.A.S la
supresión(eliminación) de sus datos personales cuando:
i. Considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la Ley 1581 de 2012.
ii. Hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recolectados.
iii. Se haya superado el período necesario para el cumplimiento de los fines para los que fueron recolectados. Esta supresión implica la eliminación total o parcial de la información personal de acuerdo con lo solicitado por el titular en los registros, archivos, bases de datos o tratamientos realizados por ANMO S.A.S. Es importante tener en cuenta que el derecho de cancelación no es absoluto y el responsable puede negar el ejercicio del mismo cuando:
i. Las solicitudes de supresión de la información no procederán cuando el titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
ii. La eliminación de datos obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas.
iii. Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del titular; para realizar una acción en función del interés público, o para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el titular.
En caso de resultar procedente la cancelación de los datos personales, ANMO S.A.S, debe realizar operativamente la supresión de tal manera que la eliminación no permita la recuperación de la información.

g. Revocatoria de la autorización
Los titulares de los datos personales pueden revocar el consentimiento al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal. Se tendrán dos modalidades en las que la revocación del consentimiento puede darse. La primera, sobre la
totalidad de las finalidades consentidas, esto es, que ANMO S.A.S, deba dejar de tratar por completo los datos del titular; la segunda, recae sobre algunos tipos de tratamiento determinados, como por ejemplo para estudios de mercado. Por lo anterior, será necesario que el titular al momento elevar la solicitud de revocatoria del consentimiento a ANMO S.A.S indique en ésta si la revocación que pretende realizar es total o parcial. En la revocatoria parcial deberá indicar con cuál tratamiento el titular no está conforme. Habrá casos en que el consentimiento, por su carácter necesario en la relación entre titular y responsable por el cumplimiento de un contrato, por disposición legal no podrá ser revocado.

11. DEBERES RESPECTO AL TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES Y DE MENORES

ANMO S.A.S en su calidad de Responsable y Encargado de Tratamiento de los datos personales de los mencionados grupos deberán tener especial cuidado en asegurar el cumplimiento de la Ley respecto a estos grupos y el respeto de los derechos de los mismos, en especial respecto a datos personales que no
encuadren en la categoría de datos de naturaleza pública (nombre, sexo, fecha de nacimiento, etc.).

12. RECLAMACIONES, RECTIFICACIONES Y ACCESO
ANMO S.A.S, pondrá a disposición de los titulares de los datos incluidos en nuestra base de datos los medios más céleres y expeditos para que estos puedan hacer valer los derechos sobre dicha información, de esta manera cuenta con los siguientes canales de atención

• Correo electrónico: info@kidsrepublic.com.co
• Correo físico: AV COSTA RICA CON AVENIDA COLON.

13. MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
En desarrollo del principio de seguridad establecido en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, &c implementara las medidas técnicas, humanas y administrativas adicionales en caso de requerirse, que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros, mediante los cuales se evitara su adulteración, perdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
En todo caso, ANMO S.A.S implementará un Manual de Políticas de Seguridad de la Información, en el cual se desarrolle requisitos básicos para establecer un control efectivo sobre los funcionarios que forman la organización, así como con terceros con los cuales la empresa establezca alguna relación contractual. Para
tal efecto, este tratamiento de datos será desarrollado por el Área de Tecnología de la plataforma.

14. TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN A TERCEROS PAISES
Cuando se envíen o transfieran datos a otro país será necesario contar con la autorización del Titular de la información que es objeto de transferencia. Salvo que la Ley diga lo contrario, es prerrequisito dicha autorización para efectuar la circulación internacional de datos. En este sentido, antes de enviar datos
personales a otro país, se deberá verificar que se cuenta con la autorización previa, expresa e inequívoca del Titular que permita trasmitir sus datos personales.

15. REGISTRO DE LAS BASES DE DATOS
Una vez el tema sea reglamentado, ANMO S.A.S en su calidad de Responsable y Encargado de Tratamiento deberán proceder al registro de las bases en los términos indicados por las normas colombianas.

16. PERÍODO DE VIGENCIA DE BASES DE DATOS
Los datos personales incorporados en la Base de Datos estarán vigentes durante el plazo necesario para cumplir con las finalidades para las cuales fueron recolectados. A menos, que el titular contacte a ANMO S.A.S
por los medios definidos en esta política y ejerza su derecho a la supresión o eliminación de sus datos personales.

17. LEGISLACIÓN VIGENTE
La legislación nacional vigente en materia de protección de datos personales está contenida en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, así como las normas que las modifiquen o complementen.

El presente reglamento rige a partir de su fecha de publicación.